España rechazó asilo pedido por ex juez César Hinostroza

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Yolanda Vaccaro extradición asilo César Hinostroza

En España, la Sala Segunda de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional rechazó conceder el asilo al exjuez de la Corte Suprema, César Hinostroza Pariachi, informó Yolanda Vaccaro, colaboradora de Canal N.

En la sentencia, de 31 páginas, se especifica que Hinostroza tiene un plazo de 30 días para apelar ante la referida Sala contra este fallo que deniega su solicitud de asilo.

Según informó Yolanda Vaccaro, colaboradora de Canal N, la defensa de Hinostroza dijo que aún no han decidido si apelarán, pero que lo más probable es que lo hagan y que si les es denegado el asilo, acudan en casación al Tribunal Supremo de España.

Los magistrados descartaron “que se haya acreditado la existencia de persecución política frente al recurrente», o “que exista un móvil político oculto tras la iniciación de causas penales».

En su petición de asilo, Hinostroza se declaraba víctima de una «trama» encabezada por el expresidente de la República de Perú, Martín Vizcarra, «quien mediante su influencia y presión sobre la Policía, Fiscalía, Poder Judicial, una ONG, el Congreso, y los medios de comunicación afines al gobierno, tenía como objetivo imputar delitos inexistentes o conductas atípicas” contra él “por su presunta afinidad con el partido político Fuerza Popular (liderado por Keiko Fijimori), todo ello fundamentado en prueba obtenida ilícitamente».

Sin embargo, la Sala observa que Martín Vizcarra ya no es presidente de Perú, y tampoco existen «datos objetivos» que permitan concluir que el expresidente esté al frente de la trama que se relata, «pues si éste controla a voluntad el poder ejecutivo, legislativo y judicial no parece congruente».

La Sala tampoco acepta que, si la alegación de persecución política es por su supuesta vinculación con el partido de Keijo Fujimori, fuera «el propio Congreso, con mayoría de representantes de dicho partido, el que inhabilitó al recurrente y autorizó que se formulara acusación por los delitos de organización criminal, tráfico de influencias, patrocinio ilegal, y negociación incompatible».

En cuanto a la posible vulneración de derechos fundamentales que sufriría en la cárcel en Perú, los magistrados vuelven a remitirse a lo acordado por la Sala de lo Penal, que accedió a la extradición «precisamente porque ha descartado el riesgo de que el reclamado pudiera ser objeto de tratos inhumanos o degradantes o ser objeto de tortura».

Uno de los seis magistrados que componen la Sala de la Audiencia Nacional votó en contra de la extradición, y en su voto particular, comparte la tesis de Hinostroza de que en Perú «no tendrá un juicio justo» y que dado «el estado actual de las cárceles peruanas», no se preservaría su seguridad física.

Tiene además en cuenta los continuos ceses en la Fiscalía de Perú, que «no garantiza la objetividad de su actuación» y por eso «no está garantizado que si se le extradita» no vaya a ser procesado por otro delito, previamente denegado por la Audiencia Nacional española.

Versión original:

La Sala Segunda de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional ha notificado a las partes la Sentencia mediante la que desestima el recurso presentado por el ex juez César Hinostroza contra el rechazo a su   solicitud de asilo, apelación de marzo de 2019 (se le había negado el asilo en diciembre de 2018).

Contra esta resolución cabe apelación en el plazo de 30 días desde su notificación y, posteriormente, si sigue negándose la posibilidad del asilo en la Audiencia Nacional, el acusado puede apelar en casación ante el Tribunal Supremo.

El documento tiene fecha de julio pasado pero ha sido notificado recién ayer, cuando empiezan a correr los plazos. La sentencia cuenta con 31 páginas en las que se detallan y rechazan los argumentos de Hinostroza, quien considera que en Perú sufre persecución política.

Es interesante señalar que la sentencia no se ha dictado por unanimidad; uno de los cuatro jueces, Javier López Candela, ha votado en contra, recogiendo el argumento de Hinostroza de que en Perú “no tendrá un juicio justo” basándose, por ejemplo, en que “la actuación de la Fiscalía de Perú, con los continuos ceses e investigaciones de sus miembros, no garantiza la objetividad de su actuación” y en “la decisión de la Asamblea del Perú en 2.021 de volver a procesar al actor por delito de organización criminal cuando ello ya ha sido denegado por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, lo que permite deducir que no está garantizado que si se le extradita al actor a Perú, no vaya a ser procesado también por este delito de organización criminal que conlleva grandes penas” (página 28). Y, sobre todo, en que “el nuevo contexto político actual de Perú, distinto del existente en el momento de la solicitud de asilo, dista mucho de lo que pueda entenderse como adecuado para garantizar al actor un juicio justo”. “Ello sin olvidar, que el estado actual de las cárceles peruanas”.

Próximos pasos: seguramente la defensa va a apelar. La Sala Segunda de lo CA podría esperar a la resolución de Casación del Supremo o podría realizar por fin la vista pública del segundo juicio de extradición contra Hinostroza para incluir el delito de cohecho.

En octubre de 2018 Hinostroza llegó a España. Permaneció en prisión provisional hasta abril de 2019. En julio de 2020 el Gobierno concedió la extradición del ex juez por tres delitos: patrocinio ilegal, tráfico de influencias y negociación incompatible (excluyendo el de organización criminal).

El abogado de Hinostroza en España, Guillermo Ruiz Blay, con quien acabamos de hablar, ha precisado que tienen que decidir si apelan en casación al Tribunal Supremo. Si así fuera, y el Supremo admite a trámite la petición, “se podrían añadir argumentos” relacionados con el cambio de la situación política en el Perú respecto de los momentos en los que Hinostroza llegó a España y pidió asilo, cuando gobernaba Vizcarra.

Abril 2019 se aplaza la vista del segundo juicio de extradición para incluir el delito de cohecho por su fuga desde Tumbes a la espera de que se resuelva la apelación sobre el asilo. Esperar al Supremo, sería lo esperable. Esperar a resolución en firme. 30 días ante el mismo juzgado y, luego, Supremo.

Si el Supremo admitiera se podrían añadir que se podrían añadir argumentos.

La Sala Segunda CA de la Audiencia Nacional ha notificado a las partes la Sentencia mediante la que desestima el recurso presentado por el ex juez César Hinostroza contra el rechazo a su   solicitud de asilo, apelación de marzo de 2019 (se le había negado el asilo en diciembre de 2018).

Contra esta resolución cabe apelación en el plazo de 30 días desde su notificación y, posteriormente, si sigue negándose la posibilidad del asilo en la Audiencia Nacional, el acusado puede apelar en casación ante el Tribunal Supremo.

El documento tiene fecha de julio pasado pero ha sido notificado recién ayer, cuando empiezan a correr los plazos. La sentencia cuenta con 31 páginas en las que se detallan y rechazan los argumentos de Hinostroza, quien considera que en Perú sufre persecución política.

Es interesante señalar que la sentencia no se ha dictado por unanimidad; uno de los cuatro jueces, Javier López Candela, ha votado en contra, recogiendo el argumento de Hinostroza de que en Perú “no tendrá un juicio justo” basándose, por ejemplo, en que “la actuación de la Fiscalía de Perú, con los continuos ceses e investigaciones de sus miembros, no garantiza la objetividad de su actuación” y en “la decisión de la Asamblea del Perú en 2.021 de volver a procesar al actor por delito de organización criminal cuando ello ya ha sido denegado por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, lo que permite deducir que no está garantizado que si se le extradita al actor a Perú, no vaya a ser procesado también por este delito de organización criminal que conlleva grandes penas” (página 28). Y, sobre todo, en que “el nuevo contexto político actual de Perú, distinto del existente en el momento de la solicitud de asilo, dista mucho de lo que pueda entenderse como adecuado para garantizar al actor un juicio justo”. “Ello sin olvidar, que el estado actual de las cárceles peruanas”.

Próximos pasos: seguramente la defensa va a apelar. La Sala Segunda de lo CA podría esperar a la resolución de Casación del Supremo o podría realizar por fin la vista pública del segundo juicio de extradición contra Hinostroza para incluir el delito de cohecho.

En octubre de 2018 Hinostroza llegó a España. Permaneció en prisión provisional hasta abril de 2019. En julio de 2020 el Gobierno concedió la extradición del ex juez por tres delitos: patrocinio ilegal, tráfico de influencias y negociación incompatible (excluyendo el de organización criminal).

El abogado de Hinostroza en España, Guillermo Ruiz Blay, con quien acabamos de hablar, ha precisado que tienen que decidir si apelan en casación al Tribunal Supremo. Si así fuera, y el Supremo admite a trámite la petición, “se podrían añadir argumentos” relacionados con el cambio de la situación política en el Perú respecto de los momentos en los que Hinostroza llegó a España y pidió asilo, cuando gobernaba Vizcarra.

Abril 2019 se aplaza la vista del segundo juicio de extradición para incluir el delito de cohecho por su fuga desde Tumbes a la espera de que se resuelva la apelación sobre el asilo. Esperar al Supremo, sería lo esperable. Esperar a resolución en firme. 30 días ante el mismo juzgado y, luego, Supremo.

Si el Supremo admitiera se podrían añadir que se podrían añadir argumentos.

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